- Blog/
T90 ¿Debo de informar al SAT cualquier actualización de información de socios o accionistas y de su estructura orgánica?

Mediante Resoluciones Misceláneas Fiscales de 2022, 2023, 2024, 2025 y 2026, y con respecto a la Regla 2.4.15 en la que, para efectos del artículo 27, apartados A, fracción II y B, fracción VI del CFF, las personas morales, sociedades cuyas acciones están colocadas entre el gran público inversionista, y sociedades cooperativas de producción dedicadas exclusivamente a actividades pesqueras o silvícolas que cuenten con concesión o permiso del Gobierno Federal para explotar los recursos marinos o silvícolas, deben presentar solicitud ante el RFC, en la cual informen sobre la modificación o incorporación de socios, accionistas, asociados y demás personas que forman parte de la estructura orgánica de una persona moral, así como de aquellas que tengan control, Influencia significativa, poder de mando y de representantes legales, contenida en la ficha de tramite 38/CFF, del Anexo 2 de la referida Resolución Miscelánea, cuya última modificación fue publicada en el DOF el 28 de diciembre de 2025.
Para el caso de modificación o incorporación de socios, accionistas, asociados y demás personas que forman parte de la estructura orgánica de una persona moral, así como de aquéllas que tengan control, influencia significativa o poder de mando y de representantes legales deberán subir:
Documento protocolizado ante fedatario público y digitalizado en el que consten las modificaciones o en su caso la incorporación de socios y accionistas, así como los que tienen control, influencia significativa o poder de mando, así como a los representantes comunes de las acciones que ha emitido la persona moral.