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T84 ¿Puedo convocar a asamblea de accionistas en primera y segunda convocatoria en la misma publicación o aviso?

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RESPUESTA #

En la práctica es común que se haga, pero hay consideraciones legales que debes que tomar en cuanta.

El Artículo 191 de la LGSM establece que, si la asamblea no pudiere celebrarse el día señalado para su reunión, se hará una segunda convocatoria con expresión de esta circunstancia.

Aunque es común hacer ambas convocatorias en la misma publicación, esto podría infringir la disposición establecida en el Artículo 191 de la LGSM.

La razón de esta disposición es darle al accionista el tiempo que señalan los estatutos de la sociedad para que pueda registrarse para asistir a la asamblea.

El accionista debe de tener la oportunidad de obtener la información correspondiente con respecto a los puntos del orden del día que se tratarán, y estar en condiciones para decidir el sentido en que emitirá su voto.

Como se podrá ver, el 191 habla a posteriori de hacer una segunda convocatoria.

Es importante respetar los derechos de los accionistas y las disposiciones legales.

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Fernando González Pequeño
Autor
Fernando González Pequeño
Lic. en Derecho; ha desempeñado cargos ejecutivos en el área de Derecho Corporativo. Con más de 40 años de experiencia, ha colaborado en la Secretaría de empresas de diversos giros y tamaños. Experiencia en asambleas de accionistas, fusiones, escisiones, movimientos de capital, dividendos, emisión de acciones, auditorías legales, reformas de estatutos y constitución, disolución y liquidación de sociedades. Por 19 años fue titular de la Gerencia de Secretaría Corporativa de FEMSA. Posteriormente, fue titular de la Gerencia de Secretaría Corporativa de Grupo Cuauhtémoc Moctezuma Heineken México, de donde se jubiló en marzo de 2014. Los invitamos coordialmente a contactarnos con respecto a sugerencias de nuevo contenido de temas y formatos para nuestras futuras publicaciones.