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T76 ¿Qué es una SOFOM?

·5 mins

Objeto #

La Sociedades Financiera de Objeto Múltiple (SOFOM) es una sociedad anónima que cuenta con un registro vigente ante la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef), y cuyo objeto social principal es la realización habitual y profesional de una o más de las actividades de otorgamiento de crédito, arrendamiento o factoraje financieros.

Requisitos #

Los requisitos para su constitución se encuentran definidos en el artículo 87-B y 87-K de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito (LGOAAC), así como en las disposiciones de carácter general que en su caso emita la Condusef.

Tipos #

Las SOFOMES son entidades financieras que pueden ser “reguladas” o “no reguladas”.

SOFOMES “Reguladas” #

Con la Reforma Financiera publicada en el Diario Oficial de la Federación el 10 de enero de 2014, se incorporaron aquellas sociedades financieras que tienen vínculos patrimoniales con sociedades financieras populares, sociedades financieras comunitarias o sociedades cooperativas de ahorro y préstamo, en adición a aquellas que mantienen vínculos patrimoniales con Instituciones de Crédito. Además, se agregan a este régimen de entidades reguladas, las SOFOMES que para fondear sus operaciones emitan valores de deuda inscritos en el Registro Nacional de Valores conforme a la Ley del Mercado de Valores.

También son SOFOMES “reguladas” las que, a pesar de no situarse en alguno de los supuestos contemplados en el párrafo anterior, voluntariamente lo deseen y obtengan la aprobación de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), en los términos establecidos en el Artículo 87-C Bis 1 de la LGOAAC.

Estas sociedades deben agregar a su denominación social la expresión “sociedad financiera de objeto múltiple” o su acrónimo “Sofom”, seguido de las palabras “entidad regulada” o su abreviatura “E.R.”, y están sujetas a la supervisión de la CNBV y por la Condusef en las atribuciones que la misma LGOAAC le confiere.

Asimismo, la LGOAAC (Artículo 87-D) especifica las disposiciones que por su propia naturaleza les resultan aplicables a las SOFOMES Reguladas, de acuerdo con el tipo de entidad financiera con la cual tienen vínculo patrimonial y adquieren su carácter de reguladas.

SOFOMES “No Reguladas” #

Son aquellas que no se ubican en los supuestos señalados para identificar a las SOFOMES “reguladas”, y deben agregar a su denominación social la expresión “sociedad financiera de objeto múltiple” o su acrónimo “Sofom”, seguido de las palabras “entidad no regulada” o su abreviatura “E.N.R.”. Además, están sujetas de la inspección y vigilancia de la CNBV, pero exclusivamente para verificar el cumplimiento de las disposiciones preventivas de lavado de dinero y financiamiento al terrorismo (Art. 95-Bis de la LGOAAC).

Las SOFOMES “no reguladas” deben proporcionar la información o documentación que les requieran en el ámbito de su competencia la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), el Banco de México, la Condusef y la CNBV, y pueden ser sancionadas en caso de no proporcionarla dentro de los plazos que tales autoridades señalen, o cuando la presenten de manera incorrecta.

¿QUE NO PUEDEN HACER LAS SOFOMES? #

Sí estas entidades te ofrecen atractivos rendimientos por tu dinero bajo cualquier tipo de figura, particularmente pagarés o cuentas de ahorro, no contrates y denúnciala. Se trata de un FRAUDE y puedes perder tu dinero.

De hecho, existen algunos casos documentados de personas que han depositado su dinero en Sofomes E.N.R. bajo la figura de inversionistas (socios simulados) y que después del tiempo convenido, se les ha negado la entrega del capital invertido, así como de los intereses devengados, lo que no solo ha puesto en evidencia la propia captación indebida sino también la operación de fraude, motivo por el cual se han visto imposibilitados a través de diversos procesos jurídicos de recuperar al menos sus aportaciones originales. Por ello es fundamental realizar la denuncia oportuna de este tipo de operaciones ante las autoridades correspondientes.

Ninguna Sociedad Financiera de Objeto Múltiple, Entidad No Regulada (Sofom ENR) te puede invitar a que ahorres o inviertas con ellas, bajo ninguna figura, ya sea de depósito o ahorro, quedando obligado a cubrir el principal y, en su caso, los accesorios financieros de los recursos captados. En términos de la Ley de Instituciones de Crédito eso es delito que pone en riesgo la seguridad de tu patrimonio.

Debes tener mucho cuidado con la publicidad engañosa o de instalaciones ostentosas con los que se invita a depositar tus ahorros con ellos bajo el pretexto de ofrecerte atractivas tasas de interés, que superen el 10% anual. La CONDUSEF ha tenido conocimiento de casos en los que las tasas ofrecidas a pequeños ahorradores o, incluso a personas de elevados recursos económicos de zonas residenciales de lujo en diversas ciudades del país, han alcanzado hasta el 25% y 36% anual, lo que las sitúa muy por encima de las del mercado.

El objeto de estas entidades, que surgieron en julio de 2006, es exclusivamente otorgar crédito, celebrar factoraje y arrendamiento financiero, sin necesidad de requerir autorización del Gobierno Federal para su funcionamiento.

¿QUE ES LO QUE RECOMIENDA LA CONDUCEF? #

  • Estar alerta ante el ofrecimiento de elevados rendimientos que están fuera de mercado.
  • Sólo invertir en instituciones supervisadas y autorizadas, para lo cual se puede consultar el Registro de Prestadores de Servicios Financieros de CONDUSEF o el Padrón de Entidades Supervisadas por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, en sus respectivas páginas de Internet.
  • Recordar que las inversiones fuera de territorio mexicano no son de la jurisdicción de las autoridades financieras nacionales.
  • Comprobar antes de invertir, que se trata de una empresa debidamente autorizada para captar recursos del público. Y conocer adecuadamente los riesgos asociados a la inversión.
  • No enviar ni proporcionar información confidencial como tu dirección, número de cuenta, número de tarjeta de crédito o de débito y NIP por mail, teléfono, celular.

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