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T75 Características de una Asociación Civil
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Tabla de contenido
Quienes las pueden constituir #
- Esta solo puede ser constituida por personas físicas, y está regulada por el Código Civil y sus estatutos.
Objeto económico #
- Su objeto debe ser preponderantemente NO económico, es decir, un fin común educativo, deportivo, religioso, cultural, etc., sin constituir una; especulación; comercial.
Ganancias #
- Las ganancias o superávit que se registren en cada ejercicio social no pueden ser distribuidas entre los asociados.
Liquidación #
- En el caso de liquidación, se siguen las reglas del Código Civil y sus estatutos, y solo se reembolsará al asociado el importe de su aportación. En caso de que al liquidarse resulte algún remanente, este deberá ser aportado a otra asociación.