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  1. Blog/

T75 Características de una Asociación Civil

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Quienes las pueden constituir #

  • Esta solo puede ser constituida por personas físicas, y está regulada por el Código Civil y sus estatutos.

Objeto económico #

  • Su objeto debe ser preponderantemente NO económico, es decir, un fin común educativo, deportivo, religioso, cultural, etc., sin constituir una; especulación; comercial.

Ganancias #

  • Las ganancias o superávit que se registren en cada ejercicio social no pueden ser distribuidas entre los asociados.

Liquidación #

  • En el caso de liquidación, se siguen las reglas del Código Civil y sus estatutos, y solo se reembolsará al asociado el importe de su aportación. En caso de que al liquidarse resulte algún remanente, este deberá ser aportado a otra asociación.

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Fernando González Pequeño
Autor
Fernando González Pequeño
Lic. en Derecho; ha desempeñado cargos ejecutivos en el área de Derecho Corporativo. Con más de 40 años de experiencia, ha colaborado en la Secretaría de empresas de diversos giros y tamaños. Experiencia en asambleas de accionistas, fusiones, escisiones, movimientos de capital, dividendos, emisión de acciones, auditorías legales, reformas de estatutos y constitución, disolución y liquidación de sociedades. Por 19 años fue titular de la Gerencia de Secretaría Corporativa de FEMSA. Posteriormente, fue titular de la Gerencia de Secretaría Corporativa de Grupo Cuauhtémoc Moctezuma Heineken México, de donde se jubiló en marzo de 2014. Los invitamos coordialmente a contactarnos con respecto a sugerencias de nuevo contenido de temas y formatos para nuestras futuras publicaciones.